Es sana la propuestas de Sheinbaum Pardo, para abrogar el principio jurídico de la reelección de legisladores y de alcaldes, algo que tendrá que considerar el próximo Congreso federal que iniciará funciones el domingo 1 de septiembre del 2024.
Ciudad de México, 9 de julio (SinEmbargo).-La gran mayoría de los políticos se han acostumbrado a vivir cómodamente de los presupuestos de gobierno y muy pocos son los que han hechos carreras dignas, profesionales, útiles, en el desempeño del servicio público. Por eso es sana la iniciativa de reforma constitucional que la virtual Presidenta electa de México, Claudia Sheinbaum Pardo, entregó a trámite a la Secretaría de Gobernación, en la que propone desaparecer de nuestra Constitución Política la disposición que permite a legisladores y alcaldes quedarse en el poder varios periodos consecutivos. Anular la reelección es la mejor fórmula para terminar con una amplia fauna parasitaria que pudre las instituciones públicas.
Fueron el Gobierno federal del priista Enrique Peña Nieto y los partidos integrantes del llamado Pacto por México, PRI, PAN y PRD, que desde entonces ya formaban el bloque conservador, quienes promovieron y aprobaron en diciembre del 2013 la reelección de diputados federales y senadores, así como de legisladores locales y presidentes municipales.
Esta iniciativa de la reelección legislativa, estuvo basada en el supuesto de que diputados y senadores, podrían hacer carrera en el Congreso Federal o en los congresos estatales, para nutrir con más experiencia y calidad la representación popular. Sin embargo, esta premisa no se cumplió ni en el ámbito federal ni en el estatal y sólo contribuyó a fortalecer y hacer crecer una fauna parasitaria en las instituciones de la República.
Por eso es sana la propuestas de Sheinbaum Pardo, para abrogar el principio jurídico de la reelección de legisladores y de alcaldes, algo que tendrá que considerar el próximo Congreso Federal que iniciará funciones el domingo 1 de septiembre del 2024.
Varias de las reformas constitucionales promovidas por el gobierno de Peña y respaldada por sus aliados de PRI, PAN y PRD tendrán que ser analizadas por el nuevo Congreso federal en el momento en que ponderen las iniciativas de reformas en materia electoral enviada a la Cámara de Diputados por el Presidente Andrés Manuel López Obrador el pasado 5 de febrero del 2024.
Las reformas que entraron en vigor en el 2014 fueron fueron aprobadas por el Congreso de la Unión el 13 de diciembre de 2013 y promulgadas el 22 de enero del 2014, una vez que tuvieron el respaldo de 18 congresos estatales. En ese paquete entró la reforma al Artículo 59 constitucional que establece que “los Senadores podrán ser electos hasta por dos periodos consecutivos y los Diputados al Congreso de la Unión hasta por cuatro periodos consecutivos. La postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que los hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato”.Con respecto a esta reforma, el artículo transitorio Décimo Primero, incluido en el mismo decreto, establecía que “la reforma al artículo 59 de esta Constitución será aplicable a los diputados y senadores que sean electos a partir del proceso electoral de 2018”. A partir del 2018 empezaron a contar los periodos para los cuales podrían ser reelectos diputados federales y senadores.
Sobre los periodos de gestión de los presidentes municipales, también se reformó el Artículo 115 Constitucional que quedó de la siguiente manera: “Las Constituciones de los estados deberán establecer la elección consecutiva para el mismo cargo de presidentes municipales, regidores y síndicos, por un período adicional, siempre y cuando el periodo del mandato de los ayuntamientos no sea superior a tres años”.
Y en seguida, con respecto a los diputados locales, que integran los congresos estatales, se reformó el artículo 116 en los siguientes términos: “Las Constituciones estatales deberán establecer la elección consecutiva de los diputados a las legislaturas de los Estados, hasta por cuatro periodos consecutivos. La postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que los hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato”.
Dos artículos transitorios incluidos en el mismo decreto aprobado en diciembre del 2013 y promulgado en enero del 2014, explicaban la temporalidad de las reelecciones de presidente municipales y diputados locales.
Decía el artículo transitorio “Décimo Tercero: La reforma al artículo 116 de esta Constitución en materia de reelección de diputados locales, así como a diputados a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, no será aplicable a los legisladores que hayan protestado el cargo en la legislatura que se encuentre en funciones a la entrada en vigor del presente Decreto”.
En tanto que el artículo transitorio Décimo Cuarto advertía: “La reforma al artículo 115 de esta Constitución en materia de reelección de presidentes municipales, regidores y síndicos no será aplicable a los integrantes que hayan protestado el cargo en el Ayuntamiento que se encuentre en funciones a la entrada en vigor del presente Decreto”. Por lo tanto, en ambos casos, la reelección para presidentes municipales y diputados locales sólo sería aplicable a quienes fueran electos en años posteriores al 2014.
Otra importante reforma se hizo en el 2014 al Artículo 83 constitucional para modificar el periodo del gobierno del primer mandatario de la República y le aplicará a Claudia Sheinbaum Pardo: “El Presidente entrará a ejercer su encargo el 1o. de octubre y durará en él seis años”. Las disposiciones de este artículo fueron aclaradas en el artículo transitorio Décimo Quinto de la reforma del 2014 que explica: “Décimo Quinto.- Las reformas […] entrarán en vigor el 1o. de diciembre de 2018, por lo que el período presidencial comprendido entre los años 2018 y 2024 iniciará el 1o. de diciembre de 2018 y concluirá el 30 de septiembre de 2024”.
Esta iniciativa de reformas constitucionales promovidas por el gobierno del priista Enrique Peña Nieto y los partidos que firmaron el llamado Pacto por México, PRI, PAN y PRD, se aprobó el 13 de diciembre de 2013 por el Congreso de la Unión y el 22 de enero del 2014 la Secretaría de Gobernación anunció que ya había cumplido el trámite de ser aprobada por 18 legislaturas estatales, es decir, la mitad más una de las 32 entidades del país.
Esta Reforma Constitucional en materia Político-Electoral, y en otras materias, tuvo un fuerte impacto en la vida pública.
Los resultados que hasta la fecha se hubiesen obtenido con todas estas reformas constitucionales promovidas en el 2013, tendrán que analizarse a fondo y confrontase con las iniciativas de reformas constitucionales propuestas por López Obrador y Sheinbaum Pardo, que empezarán a ser analizadas en el 2024.